¿Cómo puedo crear una empresa en México?

Las personas extranjeras que pretendan realizar actividades empresariales en México cuentan con un marco normativo flexible para establecerse en este país.  Es imprescindible que el inversionista extranjero defina con la debida antelación cuáles son las actividades económicas que pretende desarrollar en territorio mexicano, así como la necesidad o no de asociarse con terceros. Esto permitirá al extranjero determinar cuál es el tipo de permiso que deberá gestionar para lograr este objetivo.

Autor

Lic. Héctor Alday Cabrera

2022-09-07

En México, se le conoce tradicionalmente como “empresa” a las sociedades mercantiles o civiles creadas conforme a las leyes nacionales o extranjeras que tienen como objeto la realización de actividades económicas para la obtención de un lucro. Sin embargo, esta definición es incorrecta si consideramos que se excluye a las personas físicas (naturales) de esta categoría.

Lo correcto, es definir a la empresa como una unidad productiva en la que convergen capital, organización y trabajo para la realización de una actividad económica con ánimo de lucro.  Por lo tanto, se puede afirmar válidamente que una empresa existe con independencia de que esté conformada por una persona o grupo de personas, ya sea que se adopten o no reglas de organización, administración y vigilancia contenidas en las leyes aplicables.

Esta acotación recobra especial relevancia para aquellas personas extranjeras que pretender realizar actividades empresariales (crear una empresa) en México.

Es por ese motivo que hemos seleccionado las preguntas más frecuentes que nuestros clientes y prospectos han planteado al bufete, esto con el objeto de orientar a aquellos extranjeros en este relevante tema.

 

  1. ¿Necesito crear una sociedad para realizar actividad empresarial en México?
    La respuesta es no, tal como lo hemos expuesto en líneas anteriores, la legislación mexicana reconoce la posibilidad de que las personas físicas (naturales) realicen actividad empresarial en México. Sin embargo, se sugiere que los empresarios (mexicanos o extranjeros) adopten alguna de las formas societarias previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles o en los Códigos Civiles de la Entidades Federativas, cuando hayan decidido asociarse con otras personas. Esta medida permitirá a los socios regular con efectividad la organización, administración y vigilancia de dicha sociedad.

 

  1. Si pretendo realizar actividad empresarial en mi carácter de persona física (natural), ¿requiero que el Gobierno Mexicano me conceda un permiso migratorio especial?

    La respuesta es , el artículo 52 de la Ley de Migración, así como el 165 del Reglamento de la Ley de Migración, establecen a la letra que las personas físicas extranjeras requieren gestionar un permiso de trabajo que es concedido por las autoridades migratorias mexicanas, en caso de que pretendan incorporarse a la plantilla laboral de una empresa, o bien, realizar actividades económicas independientes.

 

  1. Si mi deseo es constituir una sociedad, ¿necesito que el Gobierno Mexicano me conceda un permiso migratorio especial?

    La respuesta es no, ni la Ley de Migración ni sus disposiciones jurídicas correlativas contemplan alguna prohibición expresa que impida a las personas extranjeras constituir una sociedad conforme a las leyes mexicanas.

    Siendo así, una persona extranjera podrá concurrir ante un fedatario público mexicano para protocolizar la asamblea constitutiva de la sociedad, acreditando únicamente que su situación migratoria es regular, tal como lo establece el artículo 65 de la Ley de Migración. Por lo tanto, una persona que haya ingresado a México con objeto de turismo podría formalizar la constitución de una sociedad sin mayor formalismo.

    Incluso, es viable que la constitución de la sociedad se formalice en ausencia de la persona extranjera, es decir, no es necesario que el socio extranjero se encuentre en México para concurrir ante el fedatario público.  Esto es posible a través del otorgamiento de un poder especial a favor de una persona ubicada a México, misma que representará al extranjero en dicho acto jurídico.

 

  1. ¿Hay alguna actividad económica que se encuentre restringida para personas extranjeras?

    La respuesta es , la Ley de Inversión Extranjera establece un catálogo de actividades económicas que se encuentran reservadas exclusivamente para el Estado Mexicano, así como las que se encuentran restringidas parcialmente para personas extranjeras en proporción a la participación de mexicanos.

    Si bien es cierto, este catálogo de actividades es cada vez más reducido, es importante que la persona extrajera se cerciore con la debida antelación de que la actividad económica que pretende realizar no se encuentra restringida total o parcialmente por la legislación mexicana vigente.

 

  1. ¿Puedo percibir ingresos provenientes de la sociedad mexicana por concepto de salario?
    La respuesta es , de conformidad con el artículo 2 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y sus artículos correlativos previstos en los Códigos Civiles de la Entidades Federativas, las sociedades inscritas en el Registro Público de Comercio tienen personalidad jurídica distinta a la de los socios. Esto quiere decir que en una persona pueden concurrir las calidades de socio y empleado sin restricción alguna.

    Siendo así, el extranjero podría percibir un salario periódico, así como el pago de dividendos (ganancias) en los términos y condiciones establecidos en los estatus sociales.

 
Como podrá observar estimado lector, la planeación y el conocimiento pleno de la legislación mexicana pueden marcar la diferencia entre una incursión exitosa o estéril en el mercado nacional. Lo invitamos a acercarse con nuestros especialistas para que le brinden la asesoría que usted merece.